ALGUNAS REFLEXIONES EN TORNO A LA QUERELLA ARGENTINA POR LAS
VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO
ANA MESSUTI
Desde la presentación de esta querella, desde la apertura de
esta causa, el 14 de abril de 2010, nos hemos ocupado, los abogados que la
llevamos adelante, de diversas cosas propias de la práctica jurídica: la
vinculación con los querellantes, la recopilación de las pruebas, la
elaboración, presentación al juzgado y
ratificación de las querellas; la petición a la jueza de diversas diligencias,
por ejemplo, su viaje a España para tomar declaración a querellantes y testigos,
y cuando supimos que ese viaje no era posible, la toma de esas declaraciones por
videoconferencias.
Las dificultades que
hemos y estamos enfrentando para que se concreten esas declaraciones y se
continúe luego con las imputaciones pertinentes ya han sido objeto de atención
por los medios. Sin embargo, esas dificultades merecen además otro tipo de atención,
una atención más reflexiva, que trascienda la inmediatez de la noticia y
detenga la mirada en la infinita paciencia de los declarantes frustrados y en
el significado de los obstáculos que se les imponen.
Con respecto a la
paciencia. Quienes trabajamos con los querellantes en esta causa, siempre les
preguntamos ¿qué intentan conseguir a través de esta querella?
Hay una respuesta que
pretende uniformizar la respuesta a esa pregunta y pretende connotar lo que
piden todas las víctimas: verdad, justicia y reparación. Si bien son tres
palabras cargadas de significado, como sucede con tantas expresiones acuñadas
para decir muchas cosas, su repetición puede ir vaciándolas de sentido, y es
necesario hacer un alto en el camino y analizarlas a la luz de los hechos que
se van presentando.
El silencio. Una de las cosas que se ha mantenido durante el
tiempo transcurrido es el silencio: el silencio impuesto, el silencio fortalecido
por las amenazas, el peligro real, el miedo. Una de las querellantes me contaba
que se enteró de que su abuelo había sido fusilado cuando ya tenía
ella 50 años. Fue precisamente a raíz de la querella argentina: cuando su madre
supo de esa querella le contó lo ocurrido y no quiso perder esa única
oportunidad de denunciar el asesinato de su padre ante un tribunal. En ambos
casos, el tiempo no ha sido suficiente para borrar los recuerdos ni para
mantener el silencio.
¿Qué persigue esa mujer, ya mayor, con nietos y bisnietos,
pero siempre consciente de que es hija de un fusilado, al presentarse en la
querella argentina? Los responsables ya han muerto. Ya no pueden ser juzgados:
por lo que no podemos decir que pida justicia, tal como suele entenderse. Sabe
que la justicia argentina no indemnizará a las víctimas del franquismo, por lo
que no podemos decir que pida reparación, tal como suele entenderse. Sabe cómo
sucedieron los hechos, tiene documentos que demuestran que su padre ha sido
sometido a un tribunal militar y condenado en un juicio sumarísimo sin ninguna
garantía procesal. Por lo que no podemos decir que pida verdad.
Sin embargo, nadie podrá sostener que esa mujer no esté
pidiendo esas tres cosas. Pero la verdad que pide no es la verdad de los
historiadores, o la verdad, que ya bien conoce, de cómo pasaron las cosas; la
justicia que pide no es la justicia retributiva, que castigará a los culpables
con la pena impuesta, porque esa justicia no se puede buscar cuando el culpable
ha muerto o si no ha muerto jamás será proporcional al crimen cometido; y la
reparación que pide no es la indemnización económica ni siquiera la reparación
de la memoria de la víctima, en un país donde nunca ha sido agraviada. Lo que
pide es decir lo que tiene que decir en el lugar donde se ha de decir.
Lo que buscan los querellantes-víctimas en primer lugar es denunciar. Y denunciar es hablar, decir mi
palabra. Mucho se ha dicho sobre la relación íntima entre derecho y lenguaje.
El derecho sirve para darme voz, pero no en cualquier sitio. Para el derecho el
lugar es determinante. Cuando vamos denunciar la pérdida de un objeto, iremos a
una oficina determinada, cuando denunciamos un accidente, iremos a otra. En los
casos de los que estamos hablando, se trata de denunciar crímenes, y de los más
graves. Y los crímenes han de denunciarse en un lugar bien preciso: un tribunal
penal. Porque sólo ante un juez penal se puede hablar de crímenes y de
víctimas.
¿Por qué se interpusieron obstáculos a la toma de
declaraciones? Parecía que el transcurso del tiempo iba a hacer innecesario
molestarse en interponer obstáculos. Y se confiaba en que el tiempo iría
borrando poco a poco los recuerdos y los deseos. Basta escuchar a las víctimas
para darnos cuenta de lo falsa que es esta creencia. El crimen queda arraigado
en la memoria, incluso cuando todo lo demás se ha olvidado.
Recuerdo el caso de una señora enferma de Alzheimer, que se
había olvidado hasta del nombre de su hija, de que su hija era su hija, pero
sabía responder muy bien qué había pasado con su padre. Cuando se le
preguntaba, decía: se lo llevaron “los francos”, lo arrojaron a un pozo… (y los
vecinos confirmaban lo que decía).
Cuando se interponen obstáculos injustificados, hay que
preguntarse qué razones habrá para interponerlos. Mucho se ha especulado sobre
esas razones, pero lo que me interesa aquí es la importancia que tienen esas
declaraciones para que se las obstaculice de esa manera.
Cuando nos interponen obstáculos para que declaremos en el
único tribunal que por ahora nos ha abierto las puertas, nos están diciendo que
nuestra palabra importa mucho. Que lo que diremos pondrá en tela de juicio más
de una cosa. Por ejemplo, pondrá en cuestión la validez misma de un sistema
judicial que les ha negado incluso la posibilidad de denunciar que fueron
secuestrados, torturados, asesinados, que han robado a su hijos, que los han
sometido al trabajo esclavo, que cuando se los juzgaba, los juicios eran una parodia de lo que se entiende por
juicio, pero que, no obstante concluían con una condena a muerte que no
parodiaba la muerte. La validez misma de un sistema judicial que no se
pronuncia sobre esos crímenes gravísimos,
pero que se ocupa muy pormenorizadamente del robo de un auto. Un sistema que
consiente que los juicios parodiados sigan considerándose parte del mismo
ordenamiento jurídico que nos impone el pago de impuestos, que nos obliga a
respetar las resoluciones judiciales.
Al dirigirse los querellantes-víctimas a la justicia
argentina están cuestionando y haciendo vacilar los cimientos mismos de todo el
sistema jurídico que les cierra las puertas.
Por ello puede decirse que, entre otras razones, se
interponen obstáculos. Las víctimas-querellantes al recurrir a un tribunal
extranjero y ampararse en el derecho penal internacional, están poniendo en
marcha la jurisdicción internacional. Le están dando sentido. Nos están dando,
al fin de cuentas, una lección a los juristas del mundo entero: no importa el
lugar ni el tiempo: la impunidad de crímenes de tal magnitud no es admisible. Y
cuando se ha dejado que el tiempo transcurra para que queden impunes, al menos
en algún tribunal del mundo se debe reconocer la criminalidad del régimen bajo
el que han sido cometidos, favorecidos, amparados.
Las víctimas nos están enseñando “a hacer justicia del
derecho.”[1]
Ana Messuti
[1] G.
Vattimo y S. Zabala, “Cómo hacer justicia del derecho”, en “La administración
de justicia en el umbral del tercer milenio”, cood. A.Messuti y J:A: Sampedro
Arrubla. Editorial Universidad, 2001.
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